Los comercios ya no deberán pedir el DNI a los clientes en compras menores a $10 millones
ARCA eliminó regímenes informativos y elevó umbrales para investigaciones. Desde junio se deberá identificar al comprador cuando supere los $10 millones.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) avanza un paso más en la oficialización de las medidas tomadas el pasado jueves. Dentro de los anuncios clave del organismo a cargo de Juan Pazo, se destacó la eliminación de algunos regímenes informativos y la elevación de umbrales para el inicio de investigaciones fiscales.
Este martes, se publicó la Resolución General 5700/2025 en el Boletín Oficial, que elevó a $10.000.000 el monto a partir del cual corresponde identificar al adquirente, locatario, o prestatario cuando actúe como consumidor final. Una vez superado ese umbral, deberá consignarse su CUIT, CUIL, CDI o DNI (en caso de extranjeros, documento del país de origen o pasaporte).
ARCA elevó los umbrales para iniciar investigaciones
Además, la Agencia de Recaudación de Control Avanzado (ARCA), ex AFIP, estableció nuevos límites mínimos que disparan la obligación de informar o la posibilidad de ser fiscalizado:
-Transferencias/acreditaciones: $50 millones (personas físicas) y $30 millones (jurídicas)
-Extracciones en efectivo: $10 millones para ambos
-Saldos bancarios: $50 millones (físicas) y $30 millones (jurídicas)
-Plazos fijos: $100 millones (físicas) y $30 millones (jurídicas)
-Billeteras virtuales: $50 millones (físicas) y $30 millones (jurídicas)
-Sociedades de bolsa: $100 millones (físicas) y $30 millones (jurídicas)
-Compras como consumidor final: hasta $10 millones sin identificación ni reporte
A su vez, las Resoluciones 5697 y 5698/2025 también eliminan varios regímenes de información obligatorios, entre ellos:
-Reportes de consumos con tarjetas y billeteras virtuales
-El sistema CITI Escribanos, que obligaba a informar operaciones notariales desde $10 millones
-Informes de compra-venta de vehículos usados
-Reporte de expensas desde $32.000
-Declaración del COTI al publicar inmuebles en venta

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) avanza un paso más en la oficialización de las medidas tomadas el pasado jueves. Dentro de los anuncios clave del organismo a cargo de Juan Pazo, se destacó la eliminación de algunos regímenes informativos y la elevación de umbrales para el inicio de investigaciones fiscales.
Este martes, se publicó la Resolución General 5700/2025 en el Boletín Oficial, que elevó a $10.000.000 el monto a partir del cual corresponde identificar al adquirente, locatario, o prestatario cuando actúe como consumidor final. Una vez superado ese umbral, deberá consignarse su CUIT, CUIL, CDI o DNI (en caso de extranjeros, documento del país de origen o pasaporte).
ARCA elevó los umbrales para iniciar investigaciones
Además, la Agencia de Recaudación de Control Avanzado (ARCA), ex AFIP, estableció nuevos límites mínimos que disparan la obligación de informar o la posibilidad de ser fiscalizado:
-Transferencias/acreditaciones: $50 millones (personas físicas) y $30 millones (jurídicas)
-Extracciones en efectivo: $10 millones para ambos
-Saldos bancarios: $50 millones (físicas) y $30 millones (jurídicas)
-Plazos fijos: $100 millones (físicas) y $30 millones (jurídicas)
-Billeteras virtuales: $50 millones (físicas) y $30 millones (jurídicas)
-Sociedades de bolsa: $100 millones (físicas) y $30 millones (jurídicas)
-Compras como consumidor final: hasta $10 millones sin identificación ni reporte
A su vez, las Resoluciones 5697 y 5698/2025 también eliminan varios regímenes de información obligatorios, entre ellos:
-Reportes de consumos con tarjetas y billeteras virtuales
-El sistema CITI Escribanos, que obligaba a informar operaciones notariales desde $10 millones
-Informes de compra-venta de vehículos usados
-Reporte de expensas desde $32.000
-Declaración del COTI al publicar inmuebles en venta
Fuente: UNO Entre Rios
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