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Acta de Fundacion de Santa Fe, La Vieja

Acta de FundaciĂ³n de Santa Fe


El 15 de noviembre de 1573, Juan de Garay funda oficialmente la ciudad de Santa Fe. SegĂºn recogiĂ³ el escribano Pedro E. Espinosa, Juan de Garay, en pĂ­e, junto al palo rollo, sĂ­mbolo de la Justicia y el poder Real.

[TranscripciĂ³n del acta original de fundaciĂ³n]

"Juan de Garay , capitĂ¡n y justicia mayor en esta conquista y poblaciĂ³n del ParanĂ¡ y Rio de la Plata, digo que, en el nombre de la SantĂ­sima Trinidad y de la Virgen Santa MarĂ­a y de la universidad de todos los Santos, y en nombre de la real majestad del rey don Felipe, nuestro Señor, y del ilustre señor Juan OrtĂ­z de ZĂ¡rate , gobernador, capitĂ¡n general y alguacil mayor de todas las provincias del dicho Rio de la Plata, y por virtud de los poderes que para ello tengo de MartĂ­n SuĂ¡rez de Toledo , teniente de gobernador que al presente reside en la Ciudad de la AsunciĂ³n, digo que, en el dicho nombre y forma que dicho tengo, fundo y asiento y nombro esta ciudad de Santa Fe en esta provincia de calchines y mocoretaes, por parecerme que en ellas hay las partes y Cosas que conviene para la perpetuaciĂ³n de la dicha ciudad, de aguas y leña y pastos, pesquerĂ­a y cazas y tierras y estancias para los vecinos y moradores de ella, y repartirles, como su majestad lo manda, y asiĂ©ntola y puĂ©blola con aditamento que todas las veces que pareciere o Se hallare otro asiento mĂ¡s conveniente y provechoso para la perpetuidad, lo pueda hacer, con acuerdo y parecer del cabildo y justicia que en esta dicha ciudad hubiere, como pareciere que al Servicio de Dios y de su majestad mĂ¡s convenga.


Y porque su majestad manda a los gobernadores y capitanes que asĂ­ poblaren o fundaren nuevos pueblos o ciudades, les da poder y ComisiĂ³n para que puedan nombrar, en su real nombre, alcaldes y regidores, y para que tengan en justicia y buen gobierno y policĂ­a las tales ciudades O pueblos, asĂ­ yo, en nombre de su majestad y del dicho señor gobernador, nombro y señalo por alcaldes a Juan de Espinosa y a Ortuño de Arbildo , y por regidores a Benito de Morales y a Hernando de Salas y a Mateo Gil y a Diego RamĂ­rez y a LĂ¡zaro Benialvo y a Juan de Santa Cruz , y asĂ­, en nombre de su majestad y del dicho señor gobernador, les doy poder y facultad para que usen y ejerzan los dichos oficios de alcaldes y regidores en aquellas causas y cosas convenientes y a ellos tocantes, conforme a las ordenanzas que su majestad tiene hechas para las ciudades y pueblos de las Indias, para que usen asĂ­ de alcaldes ordinarios como de la hermandad en todos los negocios a ellos tocantes, y no obstante que su majestad, por sus reales provisiones, manda que sean cadañeros, y asĂ­, cumpliendo sus reales mandamientos, por tales los nombro y señalo, pero pareciĂ©ndome que la elecciĂ³n que se ha de acostumbrar hacer sea un dĂ­a señalado, como es uso y costumbre en todas la ciudades y reinos de su majestad, digo que les doy poder y facultad, en nombre de su majestad, para que ejerzan y usen los dichos oficios y cargos desde el dĂ­a de la fecha de Ă©sta hasta el dĂ­a de año nuevo que vendrĂ¡, que es el principio del año que vendrĂ¡ de mil y quinientos y setenta y cinco, y asĂ­ mando, y por ordenanza, que aquel dĂ­a, antes de misa, todos los años tengan de costumbre de juntarse en su cabildo los alcaldes y regidores con el escribano de cabildo y hacer su nombramiento y elecciĂ³n, como Dios mejor les diere a entender, en la manera y forma que se acostumbran en todos los reinos del PerĂº.
Otro sĂ­, mando a los alcaldes y regidores vayan conmigo y en el conmedio de la plaza de esta Ciudad me ayuden a alzar y enarbolar un palo para rollo, para allĂ­, en nombre de su majestad y del señor gobernador Juan OrtĂ­z de ZĂ¡rate , se pueda ejecutar la justicia en los delincuentes, conforme a las leyes y ordenanzas reales.

Otro si, nombro y señalo por jurisdicciĂ³n de esta ciudad: por la parte del camino del Paraguay hasta el cabo de los anegadĂ­zos chicos, y por el rĂ­o abajo camino de Buenos Aires, veinte y cinco leguas mĂ¡s abajo de Sancti Spiritu, y hacia las partes de TucumĂ¡n cincuenta leguas a la tierra adentro desde las barrancas de este rio, y de la otra parte del ParanĂ¡ otras cincuenta.
Otro si, mando que el asiento y repartimento de los solares casas de los vecinos de esta ciudad, se edifiquen y asienten y se guarden conforme una traza que tengo señalado en un pergamino, que es hecho en este asiento y ciudad de Santa Fe, hoy domingo a quince de noviembre de 1573 años.
Otro si, en la traza de esta ciudad tengo señalados dos solares para iglesia mayor, la cual nombro la vocaciĂ³n de Todos Santos.
Testigos que a todo lo susodicho fueron presentes: Francisco de Sierra , maese de campo de esta conquista, y Antonio Tomas y HernĂ¡n SĂ¡nchez . Fecha dĂ­a, mes y año."

Juan de Garay
Por mandamiento del señor capitĂ¡n

Pedro de Espinosa
Escribano nombrado por la justicia

Por testigo Francisco de Sierra
Por testigo Antonio Tomas
Por testigo HernĂ¡n SĂ¡nchez

Y luego el Señor capitĂ¡n mandĂ³ llamar las personas en este nombramiento nombrados y señalados para alcaldes y regidores y les tomĂ³ juramento en forma, por Dios y por Santa MarĂ­a y por la señal de la cruz † que usarĂ­an bien y fielmente sus oficios en todo aquello que Dios les diere a entender, y ellos asĂ­ lo juraron y prometieron poniendo sus manos en la †, en presencia de mi el escribano y testigos de yuso escrito.

Y luego el señor capitĂ¡n les entregĂ³ las varas a los Señores alcaldes, en nombre de su majestad y del muy ilustre señor Juan Ortiz de ZĂ¡rate, gobernador y capitĂ¡n general y alguacil mayor de estas provincias y gobernaciĂ³n del Rio de la Plata. Y ellos dijeron que asĂ­ la recibĂ­an y recibieron, y de todo lo susodicho yo, el dicho escribano, doy fe. Testigos que se hallaron presentes: Francisco de Sierra, maese de campo de esta conquista, y Antonio Tomas y HernĂ¡n SĂ¡nchez. Y los dichos señores alcaldes y regidores lo firmaron de sus nombres. Yo el dicho escribano firmĂ© por mĂ­ y a ruego de Mateo Gil, regidor, porque dijo que no sabia firmar. Hecha en esta ciudad de Santa Fe, hoy domingo a quince dĂ­as del mes de noviembre de mil y quinientos y setenta y tres años.

Juan de Espinosa
Ortuño de Arbildo
Benito de Morales
Hernando de Salas
Diego RamĂ­rez
LĂ¡zaro Benialvo
Juan de Santa Cruz
Pedro de Espinosa (Escribano nombrado)

Y luego en presencia de mi el escribano, fuĂ© el señor capitan con los dichos señores alcaldes y regidores y enarbolĂ³ en el conmedio de la plaza de esta ciudad un palo por rollo, y mandĂ³ que, so pena de muerte, ninguno sea osado a quitarle ni a mudarle de allĂ­ sin su licencia o de otra justicia de su majestad O del muy ilustre Señor Juan OrtĂ­z de ZĂ¡rate, gobernador de estas provincias por su majestad. Hecho dĂ­a, mes y año susodicho. Testigos los susodichos, y yo el dicho escribano doy fe que pasĂ³ ante mi. Francisco de Sierra y Antonio Tomas y HernĂ¡n SĂ¡nchez.

Pedro de Espinosa 

Escribano nombrado

Otro si, señalo y nombro y doy para ejido de esta ciudad, yendo camino de los Chupiacas, por este rio arriba, hasta donde hace una vuelta redonda la barranca de este rio, y por la parte de los Calchines hasta donde estĂ¡ un algarrobo sobre la barranca de una laguna que hace este anegadizo que estĂ¡ junto a esta dicha ciudad, que es hasta donde empieza mi heredad de labor, que tengo señalado y tomado para mĂ­, y Ă©sto se entiende que ha de ser el ejido por la tierra firme, y por la tierra adentro hacia la parte del Salado, Señalo y nombro por ejido hasta una legua de aquĂ­, y todo esto se entiende que, dentro de este ejido y alrededor de esta dicha ciudad, tengo señalados y he de señalar cuadras y solares para los vecinos y pobladores de esta dicha ciudad, que en ella estĂ¡n y vinieren a servir a su rnajestad, lo cual dejo libre y desembarazado para que yo lo pueda dar y señalaren nombre de su majestad y del dicho señor gobernador. Que es hecha dĂ­a, mes y año susodicho.

Juan de Garay

Pedro de Espinosa
Escribano pĂºblico

Hecho y sacado, corregido y concertado fuĂ© este testimonio con el original que estĂ¡ en mi poder, a pedimento de la parte del licenciado Juan de Torres de Vera y AragĂ³n, para presentarlo ante el Consejo Real de Indias, y por mandato del señor general Juan de Garay, teniente de gobernador y capitĂ¡n general, justicia mayor de esta provincia del RĂ­o de la Plata, la hice sacar y escribir por mi, el presentĂ© escribano, siendo testigos Alonso FernĂ¡ndez el Romo y Pedro de Espinosa , vecinos de esta Ciudad; que es hecho en esta ciudad de Santa Fe postrero de enero de mil y quinientos y ochenta y tres años.

JUAN DE GARAY 

En fe de lo cual y testimonio de verdad, hice aquĂ­ mi firma que es a tal."

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