Desde este lunes 1° de junio, las multas son más caras en la ciudad de Santa Fe. Es que la Municipalidad actualizó la Unidad Fija (UF), fórm...

Además, la administración municipal, a cargo del intendente Juan Pablo Poletti, tiene la potestad (otorgada por esa ordenanza) de determinar actualizaciones bimestrales del valor de la UF. El último aumento había sido el 1° de abril pasado -como informó El Litoral-, tras una inusitada escalada del valor de los combustibles a nivel global.
Progresión
En lo que va del año, el municipio autorizó tres actualizaciones de la UF. El 1° de febrero, el valor se fijó en 1.701 pesos; el 1° de abril, ese costo saltó a 2.045 pesos -hubo un incremento del 20,2% en dos meses-, y ahora, ya rige la Unidad Fija a 2.087 pesos. El acumulado en lo que va de 2026 es del 22,7%.
El Ejecutivo Municipal tiene la obligación, también por la aludida ordenanza, de “publicar en su sitio web oficial el valor de la UF y sus actualizaciones en forma bimestral. El monto de la multa se actualiza al valor de la UF al momento de hacerse efectivo el pago".
La mayoría de las contravenciones, a excepción de las consideradas severas -como una alcoholemia o narcolemia positiva, o correr “picadas” en la vía pública-, se pueden abonar en forma voluntaria, lo cual implica un descuento del 20% del valor impuesto, de mínima y de máxima.
Las más graves
“Picadas”: Por disputar carreras en la vía pública (las denominadas “picadas”), la multa, con el nuevo valor de la UF, ahora va de 2500 UF ($5.217.500, de mínima) hasta 8000 UF ($16.696.000 de máxima) e inhabilitación para conducir de entre uno y dos años.
Además, el infractor deberá realizar los cursos de capacitación en educación vial que el área de Licencia de Conducir estime convenientes, y “tareas de colaboración o pasantías en centros de rehabilitación y/u hospitales públicos y/o realización de trabajos no remunerados de solidaridad con la comunidad”, dice el régimen.
Velocidades: si un conductor circula a una velocidad que supere en 20 km/h hasta 40 km/h la máxima permitida, la multa va desde 150 UF ($313.050, mínima) hasta 1500 UF ($3.130.500, máxima).
Y cuando la velocidad supere en más de 40 km/h la velocidad máxima permitida, la multa se agravará de 220 UF ($459.140 mínima) a 2200 UF ($4.591.400, máxima).
Velocidades: si un conductor circula a una velocidad que supere en 20 km/h hasta 40 km/h la máxima permitida, la multa va desde 150 UF ($313.050, mínima) hasta 1500 UF ($3.130.500, máxima).
Y cuando la velocidad supere en más de 40 km/h la velocidad máxima permitida, la multa se agravará de 220 UF ($459.140 mínima) a 2200 UF ($4.591.400, máxima).
Alcoholemia: Por conducir en estado de manifiesta alteración psíquica, de ebriedad o bajo la acción de tóxicos o estupefacientes (…), esto es narcolemia o alcoholemia positiva, la multa cuesta de 190 UF ($396.530, de mínima) a 2000 UF ($4.174.000 de máxima) y/o inhabilitación de hasta 365 días.
Contaminación: por la quema de cubiertas, cámaras o neumáticos de cualquier tipo a cielo abierto, y la generación de exceso de humo u hollín de chimeneas, incineradores, calderas u otras instalaciones o vehículos en general con multa de 80 UF ($166.960 de mínima) hasta 3000 UF ($6.261.000, de máxima).
En rojo: por cruzar el semáforo en rojo y no respetar las indicaciones de prohibición de paso de los agentes de tránsito, la multa es de 190 UF ($396.530, mínima) hasta 1900 UF ($3.965.300, máxima).
Las comunes
Sin registración: por estacionar en dársenas del nuevo SEOM sin la debida registración en la dársena medida, la sanción dineraria equivale a 11 UF ($22.957).
Mal estacionamiento: por estacionar en doble mano, sobre mano prohibida, la vereda, de contramano, empujando vehículos, delante de las puertas de acceso a los garajes particulares y playas de estacionamiento (etcétera), la multa va de las 15 UF ($31.305, mínima) hasta 150 UF ($313.050, máxima)
Casco: por circular en moto sin usar casco protector normalizado, tanto el conductor como el acompañante, la multa es de 50 UF ($104.350) a 500 UF ($1.043.500) y/o inhabilitación de hasta sesenta días.
Cinturón: Por circular en autos sin tener colocados los cinturones de seguridad, tanto el conductor como los acompañantes (…) la sanción dineraria va desde las de 50 UF ($104.350, mínima) a 500 UF ($1.043.500, máxima) y/o inhabilitación de hasta 60 días.
Vía pública: Por arrojar en la vía pública enseres domésticos, desperdicios, residuos, escombros, tierra o materiales de construcción, fuera de los días establecidos para la recolección de los mismos, la multa es de 80 UF ($166.960, mínima) hasta las 800 UF ($1.669.600, máxima).
Celular al volante: Por conducir (…) haciendo uso de la telefonía móvil sin el sistema de manos libres (...) las sanciones dinerarias pueden ir desde las 50 UF ($104.350, de mínima), hasta las 500 UF ($1.043.500, de máxima) y/o inhabilitación por hasta 60 días.
Fuente: El Litoral